El Pleno del Congreso ha convalidado este jueves con los 185 votos de PP y UPyD, las abstenciones de Foro Asturias (FAC) y CC-NC, y el rechazo de los 146 diputados
del resto de grupos el decreto ley de Medidas Urgentes para Reformar la
Protección de Deudores Hipotecarios, que se tramitará como proyecto de
ley por unanimidad de las formaciones parlamentarias.
La normativa, que ha sido defendida por el ministro de Economía, Luis de Guindos,
ha sido rechazada por la mayor parte de los grupos de la oposición por
considerarla insuficiente y demasiado restrictiva en sus criterios. Sin
embargo, el responsable gubernamental ha asegurado que más de 600.000 familias se podrán acoger a los alquileres sociales y hasta 120.000 gozarán de la moratoria de dos años en las ejecuciones hipotecarias.
Y
es que el decreto prevé una moratoria a los procesos judiciales o
extrajudiciales de ejecución hipotecaria que se hubieran iniciado a su
entrada en vigor y en los que no se hubiera procedido al desahucio,
permitiendo que el deudor permanezca en la vivienda sin coste alguno,
para una serie de colectivos especialmente vulnerables.
Requisitos
Eso sí, las familias tendrán que cumplir ciertos criterios económicos y sociales.
Así, deberán ser familias numerosas, monoparentales con dos hijos a
cargo, con un menor de tres años, o con uno de sus miembros
discapacitado superior al 33%.
Tampoco se ejecutará el
lanzamiento a personas afectadas por dependencia o incapacidad
permanente para trabajar, a familias en las que el deudor hipotecario se
encuentre en paro y haya agotado las prestaciones por desempleo, a
familias en las que convivan una o más personas unidas con el titular de
la hipoteca o su cónyuge con vínculo de parentesco hasta tercer grado
de consanguinidad y que se encuentren en situación de discapacidad,
dependencia, enfermedad grave que le incapacite para realizar una
actividad laboral; y unidades familiares en las que exista una víctima
de violencia de género.
Además, tienen que concurrir una serie de
requisitos económicos para que se paralice el desahucio, como que los
ingresos del conjunto de la unidad familiar no podrán superar el límite
de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples
(IPREM), que en 2012 se sitúa en 532 euros al mes, es decir, 1.597 euros
mensuales o, lo que es lo mismo, cerca de 19.200 euros anuales.
También
tendrán que acreditar que en los cuatro años anteriores al momento de
la solicitud de la paralización del desahucio hayan sufrido una
alteración "significativa" de sus circunstancias económicas,
entendiéndose por esto cuando el pago de la hipoteca sobre la renta
familiar se haya multiplicado por 1,5 veces en esos cuatro años -es
decir, que si suponía un 40% haya pasado a ser un 60%-.
Los otros dos requisitos económicos a cumplir pasan por que la cuota hipotecaria supere el 50% de los ingresos netos
percibidos por el conjunto de la unidad familiar, y que se trate de
crédito garantizado con hipoteca sobre la única vivienda del deudor y
concedido para la compra de la misma.
El parque de viviendas se creará con las que tienen los bancos
A
estas medidas se añade el mandato que el decreto ley da al Gobierno
para crear un parque de viviendas de alquiler, a un precio social, para
las personas que se hayan quedado sin vivienda tras una ejecución
hipotecaria.
Concretamente, se encomienda al Ejecutivo a que
empiece una negociación con las entidades financieras para la
constitución de un fondo social de viviendas propiedad de las entidades
de crédito para alojar a las personas en situación de especial
vulnerabilidad que hayan sido desahuciadas de sus casas por impago de su
préstamo hipotecario.
PSOE e Izquierda Plural han anunciado que
presentarán enmienda de totalidad, que debe ir acompañada por un texto
alternativo, así como enmiendas parciales para abordar reformas más
profundas en la Ley Hipotecaria y en asuntos como los intereses de
demora, los procesos de subasta o los mecanismos de tasación.
Fuente: EL CONFIDENCIAL
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