jueves, 13 de diciembre de 2012

HACIENDA DETECTA UN CRECIENTE ABUSO El abono de dietas para eludir el pago de impuestos se dispara.



No hay cifras. Aunque sí una constatación. El pago de dietas para eludir el pago de impuestos se ha disparado desde la crisis. Lo dicen algunos inspectores fiscales que prefieren no identificarse, pero que han comprobado in situ el abuso que se está produciendo en los últimos tiempos.


La operativa es sencilla. Las empresas -el empleador-,  en vez de pagar un salario, abonan dietas de desplazamiento o manutención a sus trabajadores. 


De esta manera, se consigue un doble objetivo. Las empresas se deducen las dietas en el Impuesto de Sociedades al tratarse de un gasto deducible, y, al mismo tiempo, el trabajador se beneficia por el hecho de que el pago de dietas no lleva retenciones del Impuesto sobre la Renta, por lo que aumenta su salario neto. 




La dietas, igualmente, no cotizan a la Seguridad Social, por lo que su utilización vuelve a tener un doble resultado positivo (al menos a corto plazo para el trabajador) a efectos de la cuantía del salario. El Reglamento de cotización establece, en concreto,  que “no se computarán en la base de cotización las dietas y asignaciones para gastos de viaje, gastos de locomoción cuando correspondan a desplazamientos del trabajador fuera de su centro habitual de trabajo”.


Esta práctica se ha extendido, hasta el punto de que hay casos en que un arquitecto o un profesional de la construcción cobra -por desplazarse a una obra (que en realidad es su centro de trabajo)- la misma cantidad por dietas que por salario. Algo equivalente sucede en otros sectores, como el del transporte, donde el pago de dietas para eludir al fisco se ha disparado. Como sostiene un importante asesor fiscal, “muchas empresas de la Comunidad de Madrid se han venido quejando desde hace años de competencia desleal por el hecho de que algunas empresas pagan en dietas, mientras que otras lo hacen atendiendo al espíritu de la ley”.




El artículo nueve del Reglamento del IRPF declara exentas de tributación las dietas, aunque con límites. Así, por ejemplo, los gastos de locomoción no tributan con un máximo de 0,19 euros por kilómetro recorrido, más los gastos por pago de peaje y aparcamiento. Igualmente, los gastos por manutención en desplazamiento dentro del territorio español  tienen un límite de deducible de 53,34 euros siempre que se haya pernoctado en un municipio distinto al del lugar de trabajo habitual.


Fraude en las dietas


Combatir este “abuso” en el pago de dietas que en realidad forman parte del salario es complejo, admite un inspector fiscal. Toda vez que es relativamente fácil justificar que un arquitecto ha visitado una obra o que un transportista ha tenido que pernoctar fuera de su domicilio. La práctica fraudulenta se ha extendido a muchos profesionales que justifican dietas por razones estrictas de trabajo, cuando en realidad se trata de gastos de naturaleza personal.


Según los expertos fiscales, estas prácticas son las que explican, sólo en parte, la baja tributación de los empresarios y profesionales a la luz del Impuesto sobre la Renta. La última Memoria Tributaria muestra, en concreto, que los rendimientos por actividades económicas de los empresarios y profesionales en 2009 ascendieron 8.275 euros por declaración. Es decir, menos de la mitad de lo que declaran las rentas del trabajo (19.359 euros). 


Eso explica que de cada cien euros de base imponible total, 80,5 euros procedan de rentas de asalariados; 8,4 euros de rentas se recaudan vía rentas del capital y únicamente 6,1 euros de actividades económicas. El resto corresponde a ganancias o pérdidas patrimoniales  o rentas imputadas.

Fuente: EL CONFIDENCIAL.

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